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La Ley Orgánica 6/2001, del 21 de diciembre establece que: “Las normas de organización y funcionamiento de las universidades privadas establecerán sus órganos de gobierno y representación, así como los procedimientos para su designación y remoción, asegurando en dichos órganos, mediante una participación adecuada, la representación de los diferentes sectores de la comunidad universitaria, de forma que propicie la presencia equilibrada entre mujeres y hombres.

En todo caso, las normas de organización y funcionamiento de las universidades privadas deberán garantizar que las decisiones de naturaleza estrictamente académica se adopten por órganos en los que el personal docente o investigador tenga una representación mayoritaria. Igualmente, deberán garantizar que el personal docente o investigador sea oído en el nombramiento del Rector”.

Además, esta reglamentación agrega que “Los órganos unipersonales de gobierno de las Universidades privadas tendrán idéntica denominación a la establecida para los de las Universidades públicas y sus titulares deberán estar en posesión del título de Doctor cuando así se exija para los mismos órganos de aquellas”. Las funciones de una universidad son:

  1. La creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura.
  2. La preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos y para la creación artística.
  3. La difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de la vida, y del desarrollo económico.
  4. La difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación a lo largo de toda la vida.

Las escuelas y facultades son los centros encargados de la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de títulos de grado.

La estructura organizativa de una universidad

Por su parte, respecto a las Escuelas de Doctorado, la mencionada normativa establece: “Las escuelas de doctorado son unidades creadas por una o varias universidades, por sí mismas o en colaboración con otros organismos, centros, instituciones y entidades con actividades de I + D + i, nacionales o extranjeras, que tienen por objeto fundamental la organización, dentro de su ámbito de gestión, del doctorado en una o varias ramas de conocimiento o con carácter interdisciplinar”.

Los departamentos son las unidades de docencia e investigación encargadas de coordinar las enseñanzas de uno o varios ámbitos del conocimiento en uno o varios centros, de acuerdo con la programación docente de la universidad, de apoyar las actividades e iniciativas docentes e investigadoras del profesorado, y de ejercer aquellas otras funciones que sean determinadas por los estatutos Los Institutos Universitarios de Investigación son centros dedicados a la investigación científica y técnica o a la creación artística.

Podrán organizar y desarrollar programas y estudios de doctorado y de postgrado según los procedimientos previstos en los Estatutos, y proporcionar asesoramiento técnico en el ámbito de sus competencias. De acuerdo al Artículo 13 de la mencionada Ley, los estatutos de cada universidad deben estar compuestos por, al menos, los siguientes órganos:

  1. Colegiados: Consejo Social, Consejo de Gobierno, Claustro Universitario, Juntas de Escuela y Facultad y Consejos de Departamento.
  2. Unipersonales: Rector o Rectora, Vicerrectores o Vicerrectoras, Secretario o Secretaria General, Gerente, Decanos o Decanas de Facultades, Directores o Directoras de Escuelas, de Departamentos y de Institutos Universitarios de Investigación.

El Consejo Social es el órgano de participación de la sociedad en la universidad, y debe ejercer como elemento de interrelación entre la sociedad y la universidad.

La organización universitaria: conformación educativa

El Consejo de Gobierno es el órgano de gobierno de la Universidad. Establece las líneas estratégicas y programáticas de la Universidad, así como las directrices y procedimientos para su aplicación. Esto en los ámbitos de organización de las enseñanzas, investigación, recursos humanos y económicos y elaboración de los presupuestos. Además ejerce las funciones previstas en esta Ley y las que establezcan los Estatutos. El Claustro Universitario es el máximo órgano de representación de la comunidad universitaria. Estará formado por el Rector, que lo presidirá, el Secretario General y el Gerente, y un máximo de 300 miembros.

La Junta de Escuela o Facultad, presidida por el Decano o Director, es el órgano de Gobierno de esta. La composición y el procedimiento de elección de sus miembros serán determinados por los Estatutos. En todo caso, la mayoría de sus miembros serán profesores con vinculación permanente a la universidad. El Consejo de Departamento, presidido por su Director, es el órgano de gobierno del mismo. Estará integrado por los doctores miembros del Departamento. Así como por una representación del resto de personal docente e investigador no doctor en la forma que determinen los Estatutos.

El Rector es la máxima autoridad académica de la Universidad y ostenta la representación de esta. Ejerce la dirección, gobierno y gestión de la Universidad, desarrolla las líneas de actuación aprobadas por los órganos colegiados correspondientes y ejecuta sus acuerdos. El Secretario, o la Secretaria General, que será nombrado por el Rector entre funcionarios públicos que presten servicios en la universidad Estos son pertenecientes a cuerpos para cuyo ingreso se exija estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente; lo será también del Consejo de Gobierno.

El docente universitario

Los profesores titulares y los catedráticos universitarios son docentes con plena autonomía y capacidad investigadora. En la universidad pública, forman parte del cuerpo de funcionarios y, como tal, han de obtener una serie de acreditaciones ante la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad Académica (ANECA). Posteriormente, optar a una plaza en el claustro de la universidad. En las universidades privadas, aunque el régimen de acceso es distinto, también es necesario cumplir con una serie de requisitos y acreditaciones. Los requisitos que el candidato debe reunir para ejercer como docente universitario en una universidad pública son:

  • Contar con la licenciatura o Grado.
  • Realizar el máster de acceso al Doctorado.
  • Doctorarse, previa realización de una tesis, en el área de su elección.
  • Superar los procesos de acreditación de ANECA que habilita al profesor para solicitar plaza en una universidad.

Una vez lograda la acreditación, el candidato puede presentarse a las convocatorias de plazas que abren las distintas universidades públicas y será elegido en función de sus méritos académicos y perfil docente. Las plazas ofertadas en las universidades públicas se incluyen en el BOE y en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente. El proceso de selección para cubrir la vacante (requisitos, méritos y pruebas), se hará público a través de sus tablones de información y de los Boletines Oficiales. Esto tanto de la comunidad autónoma como el Estado. La carrera del docente universitario se divide en distintas etapas; esto desde que se superan los primeros filtros hasta que se cuenta con todas las validaciones oficiales. Este proceso es:

  • Profesor ayudante doctor
  • Profesor contratado doctor
  • El profesor titular
  • Catedrático y catedrático emérito

Estructuración en las universidades

La universidad es una de las más grandes e importantes instituciones educativas con las que cuenta la sociedad actual. Por esta razón, se hace fundamental que exista una jerarquización, estructura, y una serie de lineamientos que permitan su ejecución de tareas adecuadamente. Por ello, las figuras que aquí se encuentren deberá tener el conocimiento y la capacitación adecuada para establecer este tipo de estrategias y dar continuidad a la operación de forma optimizada.

TECH Universidad Tecnológica hace parte de las instituciones que ofertan educación de alta calidad en modalidad virtual. Esto ha permitido una expansión constante en su oferta educativa en diferentes campos profesionales. Caso ejemplo de ello sucede en su Facultad de Educación donde se encuentran posgrados tales como el MBA en Dirección de Centros Educativos y el Máster en Educación Católica. A pesar de ser excelentes complementos para la educación base, si su enfoque se centra en el dominio de la educación superior, no cabe duda que su mejor decisión será tomar el Máster en Docencia Universitaria.

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