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Realizar de forma periódica una auditoría de cuentas trae muchos beneficios a las empresas. Desde el punto de vista estratégico, reporta un elevado valor añadido si se realiza con jucio y sitúa a la entidad en una posición más competitiva. Entre los factores de ventaja a considerar, se considerarán los más importantes a lo largo del artículo.

Sujetos interesados

La actividad de auditoría de cuentas desempeña una función de interés público. Existe un conjunto amplio de personas e instituciones que confían en la actuación del auditor de cuentas. La actividad ayuda al correcto funcionamiento de los mercados porque incrementa la integridad y la eficacia de los estados financieros como vehículos de transmisión de información.

La labor que presta el auditor de cuentas surge en virtud de un contrato privado entre el auditor y la empresa auditada. Por tanto, auditor y empresa son los sujetos interesados y relevantes en torno al servicio de auditoría.

Tradicionalmente, los accionistas/socios se habían considerado como los únicos destinatarios del informe de auditoría. Por eso, dicho informe estaba dirigido a cubrir sus necesidades. Sin embargo, el incremento de la interdependencia de los mercados financieros ha llevado a poner de relieve el interés en el contenido del informe de auditoría de otros grupos de usuarios más allá de los accionistas. Las necesidades de estos otros usuarios han estado especialmente presentes a raíz de la existencia de escándalos financieros que han demandado una mayor rendición de cuentas. En consecuencia, han cambiado la percepción que se tenía del papel de los auditores. Por ello, las expectativas en la auditoría surgen debido a que el auditor realiza una actividad que afecta a terceros distintos de la empresa que les ha realizado el encargo de auditoría.

Listado

Parte de los encargos de auditoría de cuentas se realizan de manera obligatoria. Se identifica un tercer interviniente preocupado en velar por los intereses de la sociedad a través del establecimiento de la obligatoriedad de la auditoría: el Estado. Como consecuencia del interés social que conlleva la auditoría de cuentas que se comenta, existe un grupo de terceros compuesto por otros colectivos con intereses también en la información financiera.

En resumen, los sujetos interesados que se pueden identificar en torno a la auditoría de cuentas son:

  • Accionistas/socios de la entidad, son los propietarios de la empresa.
  • Inversores potenciales.
  • Director Financiero/Director de Contabilidad.
  • Equipo de administración y contabilidad.
  • Entidades de crédito: figuras susceptibles de conceder cualquier tipo de financiación a las empresas auditadas.
  • Empleados en general: como medio para conocer la situación financiera de la empresa y poder comprobar su estabilidad laboral antes situaciones de crisis.
  • Acreedores comerciales: entendidos como cualquier persona física o jurídica que mantenga o pudiera llegar a mantener relaciones con la compañía auditada. Se sitúa en una posición acreedora. ¿Para qué? La información de las cuentas anuales y la opinión del auditor puede serle útil para valorar la posibilidad de cobro de sus créditos.
  • Analistas financieros: figuras que puedan utilizar la información que facilita el informe de auditoría en las decisiones de inversión, para su propio interés o el de terceros.
  • Organismos reguladores.
  • Otro público en general (políticos, periodistas, etc).

Beneficios

Independientemente de si la entidad se somete a auditoría de cuentas obligatoria o voluntaria, someter las cuentas de una entidad a una auditoría de cuentas trae consigo unos beneficios. No solo para terceros interesados, sino también para la propia toma de decisiones de la empresa.

El objetivo de una auditoría es aumentar el grado de confianza de los usuarios en los estados financieros mediante la expresión de una opinión.

Reflejo de la confianza

  • Mayor transparencia: la auditoría de cuentas supone una inversión en transparencia empresarial. Se trata de una forma de mejorar la imagen externa de la empresa, con todo lo que ello supone.
  • Mayor fiabilidad de la información financiera, porque la información es revisada por un experto independiente. Este hecho puede influenciar positivamente en la opinión de las agencias de calificación o en la relación de la entidad para acceder a financiación a través de entidades bancarias o de los mercados de capitales.
  • Evaluación y mejora del control interno de la entidad: el auditor en el transcurso de su trabajo evalúa el sistema de control interno de la entidad. Debe comunicar todas aquellas debilidades detectadas.
  • Detectar posibles errores en la contabilidad: en el transcurso del trabajo del auditor, se revisan todos los aspectos de la contabilidad (criterios de valoración, valoración de activos y pasivos, entre otros). En el caso de detectar alguna incorrección, el auditor propone a la compañía auditada las modificaciones a realizar.
  • Factor disuasorio de malas prácticas y fraude.

Gap de expectativas

La información requerida por los sujetos interesados no está muy delimitada. Algunos consideran que el auditor debería ofrecer una seguridad sobre la situación financiera de la empresa. Le dan un papel en línea con el desarrollado por los analistas financieros, mientras que otros consideran que el auditor debe señalar si la información empresarial expresa la imagen fiel de la compañía. Esta divergencia de posiciones dificulta establecer los límites de las exigencias que la sociedad hace a los auditores para cubrir sus expectativas.

El gap de expectativas en la auditoría puede definirse como la diferencia que existe entre lo que los usuarios esperan del trabajo del auditor y la percepción que de su trabajo tienen los auditores. Aunque hace décadas que viene hablándose del gap de expectativas, las causas de su persistencia son difíciles de precisar. En ellas incide, de forma clara, el contexto económico en el que se han formado tales expectativas.

Algunos trabajos académicos han intentado dar respuesta a esta cuestión desde la perspectiva de la profesión auditora. Analizan las
dificultades que tienen los auditores para que su trabajo sea valorado en sus justos términos o los cambios que a lo largo del tiempo van produciéndose en las responsabilidades de los auditores. Un gran número de estudios empíricos señalan que la existencia del gap perjudica la reputación/imagen de los auditores e incrementa el riesgo de litigios. No obstante, lo que es evidente es que cuanto más grande es el tamaño del gap, más baja es la credibilidad y el prestigio asociado al trabajo del auditor.

Supuestos de intervención

La auditoría es la actividad consistente en la revisión y verificación de las cuentas anuales, así como de otros estados financieros o documentos contables. Tiene como objetivo emitir un informe sobre la fiabilidad de dichos documentos que pueda tener efectos frente a terceros.

Aunque habitualmente se asocia el informe de auditoría acompañando a las cuentas anuales, en ocasiones determinadas operaciones corporativas o mercantiles requieren un informe de un auditor de cuentas, A continuación, se recopilan supuestos de intervención de auditores de cuentas:

Verificaciones anuales

  • REGULACIÓN NORMATIVA: arts. 257 y 263 LSC y art. 350 RRM: siempre que en el primer ejercicio desde su constitución, transformación o fusión, al cierre del ejercicio o, con posterioridad al mismo, durante 2 ejercicios consecutivos, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, la sociedad cumpla con ciertas circunstancias.
  • REGULACIÓN NORMATIVA: arts. 265 y 266 LSC y arts. 351 y ss. RRM: si, a pesar de que las sociedades no estén obligadas a verificación contable, lo solicitan socios que representen, al menos, el 5% del capital social.
  • REGULACIÓN NORMATIVA: disposición Adicional 1ª Ley 27/2015. Deberán someterse a auditoría de cuentas las empresas o entidades, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, en las que se dé alguna circunstancia establecida en esta ley.

Aumento del capital social

  • AUMENTO POR COMPENSACIÓN DE CRÉDITOS REGULACIÓN NORMATIVA: art. 301 LSC y art. 168.3 RRM. En la sociedad anónima, al tiempo de la convocatoria de la junta general se pondrá a disposición de los accionistas en el domicilio social una certificación del auditor de cuentas de la sociedad. Debe acreditar que, una vez verificada la contabilidad social, resultan exactos los datos ofrecidos por los administradores sobre los créditos a compensar. Si la sociedad no tuviere auditor de cuentas, la certificación deberá ser expedida por un auditor nombrado por el Registro Mercantil a solicitud de los administradores.
  • AUMENTO CON CARGO A RESERVAS REGULACIÓN NORMATIVA: art. 303 LSC y art. 168.4 RRM. Verificación del balance aprobado. Referido a una fecha comprendida dentro de los 6 meses inmediatamente anteriores al acuerdo de aumento del capital, sirve de base a la operación.

Reducción del capital

  • PARA COMPENSAR PÉRDIDAS REGULACIÓN NORMATIVA: arts. 323 LSC y art. 171.2 RRM. El balance que sirva de base a la operación de reducción del capital por pérdidas deberá referirse a una fecha comprendida dentro de los seis meses inmediatamente anteriores al acuerdo. Incluye previa verificación por el auditor de cuentas de la sociedad y estar aprobado por la junta general. Cuando la sociedad no estuviera obligada a someter a auditoría las cuentas anuales, el auditor será nombrado por los administradores de la sociedad.
  • PARA DOTAR LA RESERVA LEGAL REGULACIÓN NORMATIVA: arts. 328 LSC y art. 171.2 RRM. El balance que sirva de base a la operación de reducción del capital por pérdidas deberá referirse a una fecha comprendida dentro de los seis meses inmediatamente anteriores al acuerdo. Incluye previa verificación por el auditor de cuentas de la sociedad y estar aprobado por la junta general. Cuando la sociedad no estuviera obligada a someter a auditoría las cuentas anuales, el auditor será nombrado por los administradores de la sociedad.

Transformación

  • REGULACIÓN NORMATIVA art. 9.1 3º L3/2009. El acuerdo de transformación deberá ser tomado a la vista del informe del auditor de cuentas sobre el balance presentado. Se da cuando la sociedad que se transforme esté obligada a someter sus cuentas a auditoría.

Fusión

  • REGULACIÓN NORMATIVA arts. 37, 39 y 50 L 3/2009.
    • Verificación y Aprobación del Balance. El balance de fusión y las modificaciones de las valoraciones contenidas en el mismo deberán ser verificados por el auditor de cuentas de la sociedad, cuando exista obligación de auditar.
    • Acuerdo. Información a los Socios. El acuerdo de fusión deberá ser tomado a la vista de las cuentas anuales y los informes de gestión de los tres últimos ejercicios. También los correspondientes informes de los auditores de cuentas de las sociedades en las que fueran legalmente exigibles.
    • Absorción de sociedad participada al noventa por ciento. En el proyecto de fusión deberá constar el valor establecido para la adquisición de las acciones o participaciones sociales.

Emisión de obligaciones convertibles

  • REGULACIÓN NORMATIVA: Art. 414 LSC y art. 318 RRM. La sociedad podrá emitir obligaciones convertibles en acciones, siempre que la junta general determine las bases y las modalidades de la conversión. También si acuerda aumentar el capital en la cuantía necesaria.

Auditorías voluntarias

La auditoría de cuentas es obligatoria para un número considerable de entidades. Sin embargo, hay numerosas entidades que se someten a auditoría de cuentas de forma voluntaria por los beneficios y la utilidad que se repasan a lo largo de este tema. Es decir, las empresas pueden optar por auditar más allá de la obligación legal siempre que lo consideren oportuno.

Respecto a la auditoría de cuentas voluntaria, es muy importante conocer que, independientemente de la voluntariedad de la auditoría, el auditor de cuentas debe acometer la auditoría con las normas de aplicación, los criterios y resto de requerimientos que de si una auditoría obligatoria se tratara.

Asesorías contables

Los programas académicos de TECH Universidad Tecnológica están diseñados para que puedas utilizar la metodología y herramientas en tu trabajo. Cada uno de los posgrados ofrecidos tiene una aplicación diferente según el mundo empresarial con el cual se relacione.

En el caso del tema desarrollado a lo largo del artículo, el Máster en Asesoría Laboral y el Máster en Asesoría Fiscal de Empresas son un gran ejemplo de cómo se puede aprender sobre el control, la dirección y la contabilidad financiera. Así mismo, vale la pena resaltar el papel que el Máster en Auditoría de Cuentas desempeña no sólo en los profesionales que le dan una oportunidad a este programa, sino también en las empresas al garantizar su estabilidad y su desarrollo en el sector en el que se desenvuelva.

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