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La dermatología es una especialidad de la medicina que se encarga del estudio, conocimiento y el tratamiento de las enfermedades o afecciones de la piel. También se ocupa de la prevención de las enfermedades y de la conservación o la recuperación de la normalidad cutánea, así como de la dermocosmética que se dedica a su vez a la higiene, la apariencia y protección de la piel humana. La terminología en dermatología comprende diversos términos que engloban a esta ciencia práctica, brindando así un contexto amplio de la misma. Esta rama sanitaria engloba en la actualidad dos subespecialidades:

  • La venereología: Se ocupa de las enfermedades de transmisión sexual
  • La flebología: Trata las patologías del sistema venoso superficial

El dermatólogo es el encargado del diagnóstico, tratamiento y prevención de las enfermedades de la piel. Por lo tanto, estudia cualquier lesión que aparezca en el tegumento cutáneo así como en la mucosa genital, bucal y anal, además del cabello y las uñas. Algunas de las enfermedades más comunes de las que se encarga la dermatología son las dermatitis, las infecciones causadas por hongos, levaduras; el vitíligo, el acné, los melanomas, las híperpigmentaciones, entre otras.

Dermocosmética

Hasta hace pocos años, la dermatología se ocupaba casi exclusivamente de las enfermedades de la piel y la cosmetología se centraba en la formulación de productos a utilizar para mejorar el aspecto de la piel sana. Actualmente la unión de ambas ramas ha dado lugar a la dermocosmética. Luis Olmos Acebes (profesor emérito de Dermatología en la Universidad Complutense de Madrid) definió la dermocosmética o dermatología cosmética como “la rama de la dermatología que se ocupa del cuidado y mejoramiento estético de la piel normal, mediante la prevención o reparación de las constantes alteraciones que puede sufrir y sufre”.

O dicho de otra forma, prevenir o reparar las alteraciones de la piel que se producen por acciones fisiológicas del paso del tiempo o por agentes externos y que afectan de forma estética. Algunos ejemplos serían las manchas o el acné. La dermocosmética se encarga de promover y mejorar la salud cutánea. Se entiende por salud cutánea, como el estado de bienestar, de bien funcionar de la piel más allá de la ausencia de enfermedad.

Dermofarmacia

La Real Academia Nacional de Medicina define el término dermofarmacia como: “La disciplina científica, rama de la farmacia, que se ocupa del estudio y la fabricación de productos para aplicación tópica, tanto terapéuticos como cosméticos”.

«La dermofarmacia es la cosmética farmacéutica. Es la cosmetología estudiada desde el conocimiento científico adquirido por el farmacéutico. Estudia los productos cosméticos, su formulación, acciones y aplicación.»

Terminología en dermatología: Cosmético

El R.D.1599/1997, de 17 de octubre, que recoge la regulación sobre productos cosméticos, artículo 2, da dos definiciones de productos cosméticos

Definición

  1. “Se entiende por producto cosmético toda sustancia o preparado destinado a ser puesto en contacto con las diversas partes superficiales del cuerpo humano (epidermis, sistemas piloso y capilar, uñas, labios y órganos genitales externos) o con los dientes y las mucosas bucales, con el fin exclusivo de limpiarlos, perfumarlos, modificar su aspecto y/o corregir los olores corporales, y/o protegerlos o mantenerlos en buen estado”.
    Aunque no está específicamente citado, se sobreentiende que los cosméticos se aplican en la epidermis sana y no tienen acción sistémica. No se consideran cosméticos los productos destinados a la prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades. Así como los destinados a ser ingeridos, inhalados, inyectados o implantados en el cuerpo humano.
    Tampoco se consideran cosméticos aquellos preparados destinados a la protección frente a la contaminación o infección por microorganismos, hongos o parásitos.
  2. “Son productos cosméticos decorativos los que, en virtud de poseer sustancias coloreadas y por su poder cubriente. Estas se aplican sobre diferentes zonas del cuerpo, con el fin de acentuar temporalmente su belleza o enmascarar o disminuir diversas imperfecciones cutáneas”.

Clasificación de los cosméticos

  1. En función del lugar de acción: cabello, ojos, piel, uñas, glándulas sudoríparas, glándulas sebáceas, etc.
  2. Según su acción cosmética:
    1. Higiénico, destinado a limpiar la suciedad de la superficie cutánea que proviene de las secreciones naturales, los residuos de la queratinización, los microorganismos saprofitos, materiales ambientales, cosméticos, medicamentosos.
    2. Acondicionamiento y mantenimiento de la piel, el cabello, las uñas y mucosas.
    3. Protector, destinado a prevenir o proteger la piel y mucosas de las agresiones internas, externas, la evolución cronológica.
    4. Decorativa, trata de cambiar la imagen natural o defectuosa de la superficie cutánea por razones psicológicas, profesionales, ambientales o simplemente estéticas.
    5. Correctiva, si se producen alteraciones morfológicas o funcionales de la evolución normal de la piel o de las mucosas, se tiene la obligación de intentar corregirlas.
  3. Según la forma farmacéutica: soluciones, geles, suspensiones, emulsiones, polvos y pastas. Otra categoría serían los “productos para la higiene personal”: sustancias o preparados que, sin tener la consideración legal de cosméticos, biocidas, productos sanitarios o medicamentos, están destinados a ser aplicados sobre la piel, dientes o mucosas del cuerpo humano con la finalidad de higiene o de estética, o para neutralizar o eliminar ectoparásitos.
    Algunos ejemplos son: Los dentífricos, pediculicidas, hidratantes vaginales, limpiadores anales en caso de hemorroides, productos para el masaje deportivo, limpiadores nasales o limpiadores oculares.

Requisitos y prohibiciones de los cosméticos

Los productos cosméticos que se comercialicen en el territorio comunitario no deberán perjudicar la salud humana cuando se apliquen en las condiciones normales o razonablemente previsibles de uso, teniendo en cuenta, en particular, la presentación del producto, su etiquetado y las eventuales instrucciones de uso y eliminación Los cosméticos en España están sujetos a la reglamentación europea de productos cosméticos 1223/2009 7.

Esta normativa garantiza la salud y la seguridad de los consumidores mediante una serie de limitaciones técnicas en la composición de los mismos, así como de la información que debe ser puesta a disposición de las autoridades y del público. Además, la legislación prohíbe que a los productos cosméticos se les puedan atribuir propiedades o acciones que no poseen o se excedan de sus funciones cosméticas, es decir, de afirmaciones falsas o que conduzcan a error.

  • No deben perjudicar la salud humana cuando se apliquen en condiciones normales o bajo un uso razonable.
  • Deben informar, por medio de instrucciones, indicaciones de uso y advertencias, de todos aquellos riesgos que pudieran derivarse de su utilización normal.
  • No deben, bajo ningún concepto, tener aspecto, color, olor o presentación de alimento. Para evitar confusión a los consumidores, sobre todo a los niños.
  • Sus denominaciones no deben ser iguales, semejantes o llevar a confusión con medicamentos. Estas especialidades farmacéuticas, productos sanitarios o alimenticios, ni hacer referencia a nombres de patologías.
  • Las marcas, imágenes, descripciones, etcétera que aparezcan en su etiquetado o publicidad no deben atribuir características, propiedades o acciones que no posean.

Etiquetado de los productos cosméticos

Los recipientes y embalajes de los productos cosméticos deben llevar la siguiente información:

  • Denominación del producto.
  • Nombre o razón social y dirección del fabricante; si son importados, del responsable de la puesta en el mercado del producto en la Unión Europea.
  • Contenido nominal, indicado en peso o en volumen, salvo para los envases que contengan menos de 5 g. o 5 ml. o para las muestras gratuitas.
  • Fecha de consumo preferente, es decir la fecha hasta la cual dicho producto, conservado en condiciones adecuadas, continúa cumpliendo su función inicial. Si la vida mínima del producto es de más de 30 meses, no será obligatorio indicar la fecha de caducidad y aparecerá el símbolo PAO (fecha después de abrir el envase).
    El PAO depende del cosmético: a mayor cantidad de agua mayor posibilidad de contaminación y por tanto menor PAO, múltiples aplicaciones condicionan también mayor contaminación y por lo tanto menor PAO.
  • Precauciones particulares de empleo.
  • Número de lote de fabricación o referencia que permita la identificación de la fabricación.
  • País de origen, si se trata de productos fabricados fuera de la Unión Europea.
  • Función del producto, excepto si queda clara en su presentación.
  • Lista de ingredientes, en orden decreciente de concentración. Los compuestos perfumantes y aromáticos se deben mencionar con la palabra “perfume” y “aroma” respectivamente.

Terminología en dermatología aplicada a la profesión

TECH Universidad Tecnológica se centra en dar respuesta a las necesidades de la comunidad mediante la capacitación del cuerpo profesional. Ejemplo claro es su Facultad de Enfermería donde se pueden hallar programas tales como la Maestría en Elaboración y Desarrollo de Medicamentos Individualizados y la Maestría en Dirección y Monitorización de Ensayos Clínicos para Farmacéuticos. Por otra parte, el profesional enfocado en el área de los problemas y enfermedades cutáneas deberá enfocarse en un programa como la Maestría en Atención Farmacéutica en Dermatología en la Farmacia Comunitaria.

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