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La organización mundial marítima se encarga de velar por el cumplimiento de diversas normas que existen en la navegación. Este ente regula y controla la legalidad de cualquier embarcación, tanto en aspectos técnicos, como comerciales. Por esta razón resulta vital conocer como se encuentra compuesta, qué regula y como funciona en cada país. Esto último se debe a que la misma está conformada por diferentes grupos que velan por el cumplimiento de estas normas. La estructura de la OMI es compleja, por ello los profesionales que rozan esta área en su labor se capacitan durante largos periodos de tiempo, con el fin de estar actualizados con sus regulaciones.
Como se conforma la OMI
La Asamblea es el órgano de gobierno que está compuesta por todos los Estados miembros de la OMI-IMO y que se reúne cada dos años, aprueba el programa de trabajo y el presupuesto bienal y elige los miembros del Consejo. El consejo está formado por 40 estados elegidos por la Asamblea cada 2 años hasta 2002 eran 32 (8-8- 16). Se conforman en tres grupos.
El primero o a) lo componen 10 estados con intereses en la provisión de servicios marítimos internacionales. El segundo o grupo b), 10 estados con intereses en el comercio marítimo internacional, y el tercero o grupo c) 20 estados no elegidos en virtud de su pertenencia a los grupos a) o b) con intereses especiales en el transporte marítimo o en la navegación y que su integración garantice la representación de todas las grandes regiones geográficas del mundo.
El consejo es el órgano ejecutivo de IMO-OMI, y supervisa la labor de la IMO-OMI, entre asambleas desempeña las funciones de esta, coordina todas las actividades de IMO-OMI, examina los proyectos del programa de trabajo, elabora los presupuestos y los somete a la asamblea, hace informes y propuestas a los estados miembros, nombra al secretario general de IMO-OMI a reserva de aprobación de la asamblea, suscribe acuerdos sujetos a aprobación de la asamblea. España es miembro del consejo en el grupo b).
Consejo para el bienio
Forman el Consejo para el bienio 2020-2021: Categoría (a) Diez Estados con los mayores intereses en la provisión de servicios marítimos internacionales, (China, Estados Unidos, Federación de Rusia, Grecia, Italia, Japón, Noruega, Panamá, Reino Unido, República de Corea.) Categoría (b) Diez Estados con los mayores intereses en el comercio marítimo internacional, (Alemania, Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Emiratos Árabes Unidos, España, Francia, India, Países Bajos.).
Categoría (c) 20 Estados no elegidos con arreglo a lo dispuesto en a) y b), que tengan intereses especiales en el transporte marítimo o en la navegación y cuya integración en el Consejo garantice la representación de todas las grandes regiones geográficas del mundo, (Bahamas, Bélgica, Chile, Chipre, Dinamarca, Egipto, Filipinas, Indonesia, Jamaica, Kenya, Kuwait, Malasia, Malta, México, Marruecos, Perú, Singapur, Sudáfrica, Tailandia, Turquía.)
Comité de Seguridad Marítima
El Comité de Seguridad Marítima (CMS), es el órgano técnico más alto y está integrado por todos los estados miembros, examina todas las cuestiones sobre seguridad y eleva recomendaciones a la Asamblea. Se conforma de nueve subcomités:
- Transporte de líquidos y gases a granel
- Transporte de mercancías peligrosas, cargas sólidas y contenedores
- Protección contra incendios
- Radiocomunicaciones, búsqueda y salvamento
- Seguridad de la navegación
- Proyecto y equipo de buque
- Estabilidad y líneas de carga y seguridad de pesqueros
- Normas de formación y guardia
- Implantación por el estado de abanderamiento.
El Comité de protección del medio marino (MEPC), que se compone de todos los Estados Miembros, está facultado para examinar toda cuestión que sea competencia de la organización en relación con la prevención y contención de la contaminación de la mar ocasionada por los buques. Especialmente se ocupa de la aprobación y enmienda de convenios y otras reglas y medidas para garantizar su observancia. El Comité de protección del medio marino fue creado en un principio como órgano auxiliar de la Asamblea y adquirió jerarquía constitucional plena en 1985.
Subcomités del MSC y del MEPC
El Comité de seguridad marítima y el Comité de protección del medio marino están asistidos en su labor por una serie de subcomités en los que pueden participar todos los Estados Miembros, y que son los siguientes:
- Factor humano, formación y guardia (HTW).
- Implantación de los instrumentos de la OMI (III).
- Navegación, comunicaciones y búsqueda y salvamento (NCSR).
- Prevención y lucha contra la contaminación (PPR).
- Proyecto y construcción del buque (SDC).
- Sistemas y equipo del buque (SSE).
- Transporte de cargas y contenedores (CCC)
Comité jurídico
El Comité jurídico está facultado para examinar todas las cuestiones de orden jurídico que sean competencia de la Organización. Este Comité está integrado por todos los Estados Miembros de la OMI. Fue creado en 1967 como un órgano auxiliar encargado de estudiar las controversias jurídicas que se plantearon luego del desastre del Torrey Canyon. El Comité jurídico también está facultado para desempeñar los cometidos que se le asignen o los que, dentro de su ámbito de competencia, puedan serle asignados por aplicación directa de cualquier instrumento internacional o en virtud de lo dispuesto en el mismo, y que sean aceptados por la Organización.
Comité de Cooperación Técnica
El Comité de cooperación técnica examinará toda cuestión que sea competencia de la Organización en relación con la ejecución de proyectos de cooperación técnica respecto de los cuales la Organización actúe como organismo de ejecución u organismo cooperador, y cualesquiera otras cuestiones relacionadas con las actividades de la Organización en la esfera de la cooperación técnica. El Comité de cooperación técnica está conformado por todos los Estados Miembros de la OMI, fue creado en 1969 como órgano auxiliar del Consejo. Este fue institucionalizado por medio de una enmienda al Convenio constitutivo de la OMI que entró en vigor en 1984.
Comité de facilitación
El Comité de facilitación fue constituido en mayo de 1972 como órgano auxiliar del Consejo y se institucionalizó plenamente en diciembre de 2008 con motivo de una enmienda introducida al Convenio constitutivo de la OMI. Está integrado por todos los Estados Miembros de la Organización y se ocupa de la labor de la OMI tendiente a eliminar los trámites y el papeleo innecesarios en el ámbito del transporte marítimo internacional. A través de la aplicación plena del Convenio para facilitar el tráfico marítimo internacional de 1965. Además de toda cuestión que se plantee en el ámbito de la Organización en relación con la facilitación del tráfico marítimo internacional. En particular, durante el transcurso de los últimos años, la labor del Comité se ha centrado, de conformidad con los deseos de la Asamblea, en lograr un adecuado equilibrio entre la seguridad marítima y la facilitación del comercio marítimo internacional.
La secretaría general
La dirige el Secretario General, la conforman 300 funcionarios en la sede y el actual secretario general es el Sr. Kitach Lim, de Corea del Sur, del que dependen un interventor interno, una dependencia de evaluación, una oficina de apoyo y un secretario general adjunto, del que dependen las divisiones de seguridad marítima, del medio marino de asuntos jurídicos y relaciones exteriores administrativa, de conferencias, de cooperación técnica.
El profesional en derecho marítimo
El derecho marítimo resulta más complejo de lo que se nota a simple vista. Existen diversas regulaciones con las que cada embarcación debe cumplir, y por esta razón la presencia de un ente que realiza el análisis, auditoría y revisión del cumplimiento de las mismas es tan necesario. En diversas situaciones pueden presentarse inconvenientes en las que, por ejemplo, un profesional de derecho marítimo, debe acudir.
TECH Universidad Tecnológica, es actualmente una de las pocas universidades virtuales que cuenta con este programa especializado. Dentro de su Facultad de Derecho se han especializado grandes figuras de esta área. La misma cuenta con programas enfocados en el éxito profesional tales como la Maestría en Derecho Matrimonial y la Maestría en Derecho Penal Económico y de la Empresa.
Por otra parte, para aquellos profesionales que deseen especializarse en el área marítima, no hay duda alguna que la Maestría en Derecho Marítimo y Portuario es la indicada para completar su formación.