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La muerte, conocida como el final de la vida física, siempre ha sido uno de los focos de debates de mayor magnitud en la medicina. El concepto de tanatología forense aporta una respuesta basada en un «conjunto de conocimientos médicos relativos a la muerte» (RAE).

Conceptos

Las enseñanzas de López Gómez y Gisbert Calabuig (1970), padres de la medicina forense, exponen:

«El estudio del cadáver ofrece un extraordinario interés en Medicina Legal. Aún más: esta especialidad médica es la única que le dedica su atención… Los conocimientos que sirven de base en la resolución de estos problemas se agrupan bajo el encabezamiento común de Tanatología forense, a la que, con PALMIERI, podríamos definir como el capítulo de la Medicina Legal que estudia el cadáver desde el punto de vista de las exigencias judiciales”.

Veloso de Franca, por otro lado, expone: “Tanatología Médico-Legal es la parte de la Medicina Legal que estudia la muerte y sus repercusiones en la esfera jurídico-social”. A nivel forense, se entiende que la sociedad debe tener la información suficiente sobre:

  1. La certeza de muerte.
  2. La datación del óbito: Establecer el momento en el que se ha producido una muerte sigue siendo una de las asignaturas pendientes de la Medicina Legal. Las aportaciones que pueden hacerse desde la Tanatología Forense, para establecer un intervalo temporal en el que es más probable que se haya producido el óbito, siguen siendo de inestimable valor en todos los campos del derecho y con gran repercusión social.
  3. La identidad del fallecido:
  4. La causa desencadenante de la muerte.
  5. El mecanismo que provoca la causa.
  6. Los indicios de dolo o culpa en el origen del deceso.
  7. La celeridad de la muerte.
  8. La existencia de trazas, partículas o vestigios ajenos al cadáver.

La Tanatología forense es una parte más de la medicina (y la enfermería), que influye positivamente en la salud de las comunidades.

Actualmente se siguen teniendo casos en los medios de personas que son enterradas vivas. Es por esto que se debe seguir investigando: para llevar a la absoluta ausencia de estos casos. Pero, además, es importante conocer que muchas personas son donantes. Para poder garantizar la fiabilidad de los trasplantes, se necesitarán unos elementos diagnósticos y conocimientos que permitan ratificar dicha fiabilidad. Por ello, dando la vuelta al concepto social, se puede decir que determinar la realidad de la muerte, en el fondo, es un acto saludable y no algo connotado negativamente.

Muerte

Se presenta un grave problema al hablar de establecer definición de cadáver. Se entiende como tal un cuerpo en el que ya no hay funciones vitales, algo así como un cuerpo humano “sin vida”, sin constantes vitales. Pero, ¿realmente son las mejores definiciones que se pueden tener? Lo más importante es que cuando se habla de cadáver es reforzar la transmisión de idea de ausencia de vida.

Conceptos jurídicos

En temas jurídicos, se hablará de la muerte como “pérdida de la personalidad jurídica”. Cuando un hombre o mujer nace, son sujetos de derechos y obligaciones al haber adquirido la personalidad. Por ello, en algunos Códigos Civiles encuentra:

  • El nacimiento determina la personalidad; pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con las condiciones que expresa el artículo siguiente.
  • La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.
  • La personalidad civil se extingue por la muerte de las personas.

Concepto médico

Desde el punto de vista médico, seguramente este concepto sea el más claro. La muerte está definida por varios autores como “estado del cuerpo en el que han cesado, de forma irreversible, las funciones vitales”. El profesional sanitario debe comprobar como mínimo el cese de las funciones cardíaca, respiratoria y neurológica. Una vez se ejecuta tal comprobación, se declara la muerte de la persona.

Grados

Tal y como se ha explicado, al fallecer una persona, debido a su vinculación al concepto de personalidad jurídica, pierde de manera inmediata dicho concepto. Pero bien es cierto que, desde la sanidad, la muerte de un organismo no siempre se produce de forma instantánea, sino que forma parte de un complejo proceso. Debido a ello, en el ámbito forense y regularmente en el sanitario, se estima que durante el tránsito entre la vida y la muerte del organismo pueden diferenciarse fases de la muerte:

  • Relativa: Es una prolongación de la agonía y se caracteriza por una suspensión efectiva y duradera de las funciones básicas. Pero en algunos casos es posible la reviviscencia del fallecido con maniobras terapéuticas.
  • Aparente: Son aquellos estados “morbosos” que pueden simular la muerte, porque parece que las constantes vitales han sido abolidas, se matizan con pérdida de conciencia, inmovilidad, posible ausencia de respiración, y una circulación anómalamente débil.
  • Intermedia: Aquella donde las actividades biológicas de sobrevivencia se van extinguiendo progresivamente, no pudiendo ser viable “despertar” la vida en el organismo completo.
  • Absoluta: Desaparece toda la actividad biológica del organismo primitivo.

Hilo vida-muerte

Las tres situaciones principales que justifican la introducción de este apartado son, por orden de frecuencia:

  • La aparición de episodios morbosos súbitos (sean naturales o violentos).
  • La obtención de órganos de cadáveres.
  • Las grandes catástrofes.

En las tres circunstancias se ha de ser absolutamente diligente para diferenciar qué es una persona y qué es un cadáver. En ellas se pueden encontrar las siguientes posibilidades:

  • Vida atenuada: El acontecimiento, sea cual sea su origen, ha originado que las funciones vitales básicas (neurológica, cardiaca y respiratoria) sean de difícil percepción, aunque se mantienen funcionales.
  • Vida suspendida: Una función vital, generalmente la cardíaca o la respiratoria, se ha detenido por completo. Por un lado, obvio es decirlo, se han de tratar de recuperar con la máxima celeridad para evitar la aparición de daños irreversibles.
  • Muerte cierta: Esta situación puede darse en un ambiente sanitario o fuera de él. En el segundo de los casos, sea por la existencia de lesiones incompatibles con la vida (decapitación, aplastamiento, etc) se puede certificar la muerte de la persona sin ningún género de dudas.

Tanatología en medicina

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