¿Qué es y para qué sirve la farmacovigilancia? Este concepto será desarrollado en el presente apartado por medio de la explicación organizada de las actividades necesarias durante las fases de desarrollo y post-autorización que se incluyen en la comercialización de medicamentos. Estos procesos mecánicos y establecidos bajo leyes concretas se utilizan durante las investigaciones médicas y los ensayos clínicos.

La farmacovigilancia de medicamentos de uso humano se define como la actividad de salud pública que tiene por objetivo la identificación, cuantificación, evaluación y prevención de los riesgos asociados al uso de los medicamentos una vez comercializados, aunque también es necesario tener presente las indicaciones en materia de farmacovigilancia en el desarrollo y durante la comercialización del fármaco.

Desarrollo

La farmacovigilancia es imprescindible durante todo el ciclo de vida de un medicamento, su investigación, desarrollo y durante la comercialización del mismo. Los patrocinadores de los ensayos clínicos deben presentar informes de sospechas de reacciones adversas graves inesperadas a EudraVigilance. Es el sistema electrónico para gestionar y analizar información sobre sospechas de reacciones adversas a medicamentos que han sido autorizados o estudiados en ensayos clínicos en el Espacio Económico Europeo (EEE). EudraVigilance apoya el uso seguro y efectivo de medicamentos debido a que facilita los siguientes aspectos:

  • Intercambio electrónico de informes de seguridad de casos individuales entre la Agencia Europea de Medicamentos, autoridades nacionales competentes, titulares de autorizaciones de comercialización y patrocinadores de ensayos clínicos en el Espacio Económico Europeo.
  • Detección temprana y evaluación de posibles señales de seguridad.
  • Mejor información del producto para medicamentos autorizados en el Espacio Económico Europeo.

Este informe electrónico es obligatorio para los titulares de autorizaciones de comercialización y patrocinadores de ensayos clínicos.

Autorización de comercialización

La decisión de aprobar un medicamento está basada en la evaluación de un balance beneficio-riesgo positivo, dentro de las condiciones especificadas para su aprobación. Esta decisión se realiza mediante la información disponible en el momento de la aprobación.

Sin embargo, el conocimiento relacionado con el perfil de seguridad del producto puede cambiar con el tiempo, a través de su uso ampliado, en términos de características del paciente y el número de pacientes expuestos. Es decir, durante el período posterior a la autorización de comercialización, el medicamento se usa en entornos diferentes de los ensayos clínicos, así como en una población mucho más amplia.

La industria farmacéutica y las agencias reguladoras han identificado la necesidad de una mejor y más temprana planificación relativa a las actividades de farmacovigilancia antes de que se apruebe un producto o se otorgue una licencia.

Plan de gestión de riesgos

Los laboratorios farmacéuticos deben presentar un plan de gestión de riesgos (RMP) a la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) al solicitar una autorización de comercialización. El plan de gestión de riesgos contiene información sobre:

  • El perfil de seguridad de un medicamento.
  • Cómo se evitarán o minimizarán sus riesgos en pacientes.
  • Planear estudios y otras actividades para obtener más conocimiento sobre la seguridad y eficacia del medicamento.
  • Medir la efectividad de las medidas de minimización de riesgos.

Componentes

El plan de gestión de riesgos estará formado por los siguientes componentes, expuestos en dos partes:

  • Parte 1 (basada en ICH E2E): especificaciones de seguridad y plan de farmacovigilancia.
  • Parte 2 (minimización de riesgos): evaluación de la necesidad de actividades de minimización de riesgos, plan de minimización de riesgos y evaluación de la efectividad de las medidas.

En la Unión Europea (UE), las empresas deben presentar un plan de gestión de riesgos o risk management plan (RMP) a la agencia en el momento de la solicitud de una autorización de comercialización. Para los medicamentos que no tienen un plan de gestión de riesgos (RMP), se puede requerir uno con cualquier solicitud que implique un cambio significativo en la autorización de comercialización.

Para los medicamentos autorizados a nivel nacional, cualquier autoridad nacional competente (NCA) en la UE puede solicitar un plan de gestión de riesgos, siempre que exista una preocupación sobre un riesgo que afecte el equilibrio beneficio-riesgo de un medicamento.

Archivo maestro de farmacovigilancia (PSMF)

El archivo maestro del sistema de farmacovigilancia o Pharmacovigilance System Master File (PSMF) es una descripción detallada del sistema de farmacovigilancia utilizado por el titular de la autorización de comercialización en relación con uno o varios medicamentos autorizados.

El titular de una autorización de comercialización debe establecer un sistema de farmacovigilancia para garantizar el control y la supervisión de sus medicamentos autorizados, registrados en un archivo maestro del sistema de farmacovigilancia, que debe estar permanentemente disponible para su inspección.

Las autoridades competentes deben comprometerse a supervisar dichos sistemas de farmacovigilancia. Por tanto, las solicitudes de autorización de comercialización deben ir acompañadas de una descripción sucinta del sistema de farmacovigilancia correspondiente, con inclusión obligatoria de una referencia al sitio en el que se mantiene y está disponible para su inspección, por parte de las autoridades competentes, en el archivo maestro del sistema de farmacovigilancia para el medicamento de que se trate.

Objetivos

Los objetivos de un archivo maestro de farmacovigilancia (PSMF) son los siguientes:

  • Proporcionar una visión general del sistema de farmacovigilancia, que puede ser solicitada y evaluada por la autoridad nacional competente.
  • Describir el sistema de farmacovigilancia, así como apoyar/documentar su cumplimiento.
  • Contribuir a la planificación y realización adecuadas de auditorías por parte del titular de autorización de comercialización, al cumplimiento de las responsabilidades de supervisión del QPPV (persona cualificada responsable del sistema de farmacovigilancia) y a las inspecciones de otras verificaciones de cumplimiento por parte de la autoridad nacional competente. Debe mantenerse constantemente actualizado y en un formato que sea fácilmente accesible (en inglés) para las autoridades competentes.

Resumen

El resumen del archivo maestro de farmacovigilancia es un breve documento que tiene que ser incluido en el módulo de 1.8.1 del dossier de autorización de comercialización. Debe incluir información como el nombre del QPPV (persona cualificada responsable del sistema de farmacovigilancia), sus datos de contacto y el Estado miembro en el que reside y lleva a cabo su tarea, así como una declaración firmada por el solicitante alegando que dispone de los medios necesarios para cumplir las tareas y responsabilidades de farmacovigilancia.

Dicha declaración debe ser firmada por una persona que pueda actuar en nombre de la entidad jurídica del solicitante/titular de autorización de comercialización y por el QPPV. Además, se debe hacer referencia al lugar donde se guarda el archivo maestro de farmacovigilancia (PSMF) en el que está incluido el medicamento.

Información incluida

La información contenida en el archivo maestro de farmacovigilancia (PSMF) debería reflejar la viabilidad global de la información de seguridad de los medicamentos autorizados en la Unión Europea. La información contenida en el archivo maestro de farmacovigilancia (PSMF) de forma resumida incluye:

  1. QPPV (persona cualificada responsable del sistema de farmacovigilancia): en este apartado se aporta información sobre el QPPV, así como sus responsabilidades. Además debe incluir su CV, la prueba de registro en la base de datos de Eudravigilance y el listado de actividades delegadas a terceros por parte del QPPV.
  2. Estructura organizacional del titular de autorización de comercialización (TAC): organigrama donde se incluye la posición que ocupa el QPPV. También se deben aportar todas las localizaciones donde se desempeñen actividades de farmacovigilanca, así como las partes subcontratadas y acuerdos de farmacovigilancia con terceros.
  3. Fuentes: en este apartado se describen las principales unidades de recolección de datos y sus responsables, incluyendo información médica y terceras partes que colaboren con este propósito. La información se ha de recopilar en un formato establecido (estado del estudio, país, producto y objetivo).
  4. Secciones computarizadas y bases de datos: describen de forma completa las bases de datos utilizadas para recibir, procesar, registrar y enviar información de seguridad. Deben incluirse el estatus de la validación de estos sistemas, cómo se actualizan y otra serie de aspectos técnicos.
  5. Procedimientos de farmacovigilancia: se describen todos los procedimientos involucrados en farmacovigilancia.
  6. Monitorización: en este apartado se debe de evidenciar la supervisión continua del rendimiento del sistema de farmacovigilancia, mediante la fijación de objetivos, descripción de métodos de control y resultados, así como la calenderización de actividades y documentos a las autoridades competentes.
  7. Sistemas de calidad: se describe una visión general de la aplicación del sistema de garantía de calidad aplicado a la unidad de farmacovigilancia.
  8. Anexos: cada módulo tendrá un anexo en el que se incluirá la información adicional o aclaratoria a la incluida en su correspondiente módulo.

Post-autorización

Una vez que el medicamento se encuentra disponible en el mercado, las tareas de farmacovigilancia son esenciales, ya que existen límites para la evaluación de la seguridad durante el desarrollo clínico. Esto se debe a que en los ensayos clínicos el tipo de pacientes estudiados son poblaciones muy seleccionadas. El tiempo de seguimiento y el número de pacientes es bajo, así como la poca posibilidad de descubrir las reacciones adversas poco frecuentes.

Por esto, los Estados miembros deben disponer de un sistema de farmacovigilancia para recopilar información que sea útil en el control de los medicamentos, incluida información sobre sospechas de reacciones adversas derivadas del uso de un medicamento, tanto de acuerdo con los términos de la autorización de comercialización como al margen de tales términos, incluidos la sobredosis, el mal uso, el abuso y los errores de medicación, así como sobre sospechas de reacciones adversas asociadas a la exposición ocupacional.

Responsabilidades compartidas

Es importante tener en cuenta que la farmacovigilancia es una responsabilidad compartida. A lo largo de las investigaciones relacionadas al área de la salud, este trabajo en equipo es fundamental debido a que se requiere de especialistas multidisciplinarios que colaboren con el objetivo del proyecto.

Por ejemplo, el estudiante del Máster en Análisis Clínicos o el Máster en Dirección de Hospitales y Servicios de Salud de TECH Universidad Tecnológica tendrá la capacidad académica de mantener actualizadas las fichas técnicas de los proyectos, así como adoptar medidas de protección para la salud pública.

De esta manera, los profesionales capacitados podrán participar a lo largo de las investigaciones estableciendo un orden, adaptando sus herramientas a las normas sanitarias y, finalmente, previendo situaciones que afecten a todo el equipo. Todo lo mencionado anteriormente ha sido recogido en el Máster en Dirección y Monitorización de Ensayos Clínicos, posgrado digno de resaltar en los procesos explicados con anterioridad.

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