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Actualmente, el mundo está globalizado, por esta razón el periodismo internacional adquiere una relevancia significativa y es imprescindible que los periodistas cuenten lo que ocurre fuera de las fronteras de su país. En este artículo se conocerán en profundidad, y desde su origen, la historia y fundamentos de los derechos humanos, un tema de gran pertinencia en la actualidad debido a las guerras que todavía se producen en distintos países del mundo.

Para ello, se hará un recorrido histórico que permitirá descubrir todos y cada uno de los tratados que han desembocado en los 30 artículos que hoy están recogidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Cada época ha supuesto un avance, las sociedades han ido entendiendo que las personas poseen una serie de derechos fundamentales y que la dignidad del individuo es un principio básico que debe ser respetado.

En adición, se hará un análisis de las distintas corrientes filosóficas que fundamentan estos derechos: desde los derechos naturales, hasta el positivismo jurídico; y, como conclusión, se expondrán algunos debates contemporáneos acerca de los derechos humanos obtener una visión plural sobre su concepción.

Historia de los derechos humanos

La primera manifestación por los derechos humanos data del año 539 a.C., momento en el cual Ciro el Grande, el primer rey de la antigua Persia, tras conquistar la ciudad de Babilonia, decide liberar a los esclavos. Esa decisión transformó a la sociedad de la época al establecerse una igualdad racial que otorgaba a los ciudadanos la libertad de elegir su propia religión, sin ser castigados ni perseguidos por este motivo. Esa declaración se registró en lo que en la actualidad se conoce como el cilindro de Ciro; una tablilla de arcilla en la que quedaron inscritos una serie de decretos que velaban por los derechos del individuo.

En el presente, dicha carta es considerada como la primera Declaración de Derechos Humanos de la historia y está traducida a los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas. Esa primera intervención se extendió, con el paso de los años, por distintos países y diversas sociedades como India, Grecia o Roma. En esta última surgiría la idea de que, por “ley natural”, las personas actuaban con cierta ética, atendiendo a una suerte de leyes no escritas. Sin embargo, no sería sino hasta el año 1215 que se firmaría la denominada Carta Magna. En esta se recogían, por primera vez, los principios que asentaron las bases de los derechos constitucionales.

La tiranía del rey Juan de Inglaterra sobre su pueblo desembocó, tras las presiones ejercidas por sus súbditos, en la firma de la carta por parte del monarca. Un documento que defendía derechos como la libertad gubernamental de la iglesia, la libre posesión de bienes y propiedades de todos los ciudadano. Esto sin tener que pagar impuestos excesivos, la igualdad ante la ley de los individuos.

Antecedentes históricos

Siglos más tarde, en 1628, surgiría otro cambio de paradigma con la Petición del Derecho, un documento firmado por el Parlamento Inglés y enviado al monarca Carlos I con el fin de que este otorgase libertad civil en materia económica, como la recaudación de impuestos o la supresión de la ley marcial y acuartelamiento en tiempos de paz. En 1776, Thomas Jefferson dictó sentencia en contra del imperialismo británico y proclamó la independencia de los Estados Unidos tras la guerra. Así, despojando al Imperio Británico de las Trece Colonias americanas y consagrándose, así, como uno de los padres fundadores de la nación. Sus ideales de justicia quedaron reflejados en la Declaración de Independencia, la cual recogía los derechos individuales y el derecho a la revolución.

Este manifiesto, aceptado ampliamente por la sociedad americana, conformaría las ideas revolucionarias que darían lugar a la Revolución Francesa. Años después se firmaría la Constitución de los Estados Unidos de América (1787), considerada como la ley fundamental del sistema federal estadounidense; además del documento histórico más significativo en cuanto a derechos de los ciudadanos −tanto residentes como visitantes en territorio americano− se refiere. Por primera vez, en la Carta de Derechos (las primeras diez enmiendas de la Constitución), se defendía la libertad de expresión, el derecho de reunión y la libertad de petición.

De igual forma, esta prohibía al gobierno privar a cualquier persona de la vida, libertad o propiedad sin un debido proceso legal. Los órganos judiciales alcanzaron mayor imparcialidad y equidistancia por medio de jurados que debían realizar acusaciones que evaluaran, de forma objetiva, los crímenes de las personas, prohibiendo, además, el doble enjuiciamiento.

Fundamentación de los derechos humanos

Según la Declaración Universal de Derechos Humanos, estos constituyen “el reconocimiento de la dignidad inalienable de los seres humanos. Libre de discriminación, desigualdad o distinciones de cualquier índole, la dignidad humana es universal, igual e inalienable”. Además, cabe indicar que un derecho humano tiene carácter absoluto, lo que significa que siempre prevalece sobre otros requerimientos morales de menor fuerza.

Multitud de juristas y filósofos han defendido diferentes teorías sobre su fundamentación; entre las más numerosas y significativas se encuentra la base filosófica, desde la cual se establece que cada individuo. Esto por los avances sociales y los valores aprehendidos, debe actuar con cierta moral. Una doctrina filosófica que, como se ha visto con anterioridad, se denomina iusnaturalista. Esta defiende el ‘Derecho Natural’ (o ley natural), se originó en la antigua Roma.

Diferentes teorías coinciden en que los derechos humanos vienen como consecuencia de la conducta moral. Esta es proveniente de las influencias sociales y culturales que configuran la evolución biológica humana. Por otro lado, encontramos la corriente positivista, que se opone al iusnaturalismo. Esto en cuanto defiende que los derechos del ser humano solo tienen validez si se recogen en un conjunto de normas de carácter jurídico. De esta manera, los positivistas aseguran que las normas deben conformar el ideal moral de una sociedad. Por supuesto, se deben traducir a las leyes constitutivas de una nación. Según esta corriente, la ética se construye a través del ordenamiento jurídico, y no por las acciones naturales del ser humano.

Derechos naturales

Al hablar de derechos naturales se deben identificar al menos dos grandes escuelas; la primera sería la que el filósofo Michel Villey denomina clásica. Se sustenta en el pensamiento aristotélico, el derecho romano y en las ideas de Tomás de Aquino; la segunda, por otro lado, sería el derecho natural moderno de corte racionalista, entre cuyos exponentes es posible encontrar a Grocio, Pufendorf, Tomasius o Wolf.

La corriente clásica se fundamenta en la teoría de que los derechos atribuidos a cada persona provienen por la propia naturaleza del hombre. Así, el derecho natural «designa aquel sector del orden jurídico constituido por normas, derechos y relaciones cuyo origen y fundamento es la naturaleza del hombre». Según lo anterior, lo que identifica al derecho natural es la capacidad del ser humano para actuar en consecuencia de una serie de valores éticos heredados. Siendo estos el principio fundamental para el desarrollo de las sociedades. Sin embargo, al sustentarse en la naturaleza humana, la teoría abre paso a múltiples consideraciones/ acepciones de lo que esta naturaleza es en realidad.

Construcción histórica como contexto

Dentro de los múltiples hechos históricos que nos han construido como sociedad en la modernidad, la conformación de los derechos humanos ha sido una de las que mayor impacto ha tenido. Esto ha permitido que se asegure un nivel de vida estable y digno en gran parte del mundo, o que, por el contrario, aún se luche por la equidad. Por esta razón se hace necesario que exista un puente de comunicación que tenga pleno conocimiento en cualquier ámbito donde se requiera el conocimiento de estos hechos.

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