Warning: strpos() expects parameter 1 to be string, array given in /home/site/wwwroot/wp-content/themes/twentynineteen-child/functions.php on line 163

En este artículo se estudiará el avance que ha tenido lugar en la política y la administración educativa española, hecho para lo que se serán cuáles han sido las principales leyes educativas desde la Transición española y cuáles eran sus características básicas. Además, se estudiarán cuáles son los diferentes niveles de la Administración Educativa española y cómo se lleva a cabo el reparto competencial entre el Estado y sus Comunidades Autónomas. Finalmente, se conocerán los diferentes órganos que forman parte de la coordinación administrativa del Sistema Educativo español, en un primer momento en relación con el nivel central y, tras ello, en referencia al nivel regional.

La política educativa en España

Tal y como explican Martínez Álvarez, J.A. et al., para poder llevar a cabo un análisis de las políticas de educativas en España se deben tener en cuenta la gran cantidad de cambios. Estos son tanto de orden político como social, económico y cultural, que han tenido lugar desde la Transición hasta la actualidad.

Así, la educación ha sufrido un profundo proceso de transformación debido a estas variaciones. Teniendo en cuenta así, la evolución que ha tenido lugar debido a las distintas leyes que se han promulgado en materia educativa. De esta manera, entre los grandes cambios que ha sufrido la educación con el paso de los años, destacan los siguientes:

  1. La enorme expansión que ha tenido el Sistema Educativo.
  2. El desarrollo de políticas con las que se pretende fomentar la igualdad social.
  3. La descentralización del Sistema Educativo: en relación con la política (a través del traspaso de competencias en materia de educación a las Comunidades Autónomas); y en relación con la gestión de los centros escolares mediante una mayor autonomía de estos.
  4. El cambio que se ha producido en las relaciones entre las enseñanzas privadas y el poder público. Esto junto con la conformación de un nuevo modelo de elección escolar.

La legislación en la educación

De esta forma, Martínez Álvarez expone que el establecimiento de etapas o periodos independientes comienza con la Ley 14/1970, de 4 de agosto. La ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa (LGE), en la cual se regulaba y se modificaba la estructura del Sistema Educativo. Potenciando así la educación pública y conformando un sistema de educación obligatoria y gratuita para todos los infantes de entre 6 y 14 años. Así, los principales objetivos que se contemplaron en esta ley son:

  • Universalizar la educación y aumentar su cobertura, de tal manera que se hiciera partícipe a toda la población española.
  • Complementar la educación general con una preparación profesional con la cual se capacitará al sujeto para trabajar.
  • Ofrecer a todas las personas una igualdad de oportunidades educativas.
  • Configurar un Sistema Educativo caracterizado por la unidad, la interrelación y la flexibilidad, con el cual se pudiera fomentar diferentes posibilidades de educación permanentes.

Para ello, se proponía un Sistema Educativo unificado y comprensivo que presentara una concepción de igualdad de condiciones. Asimismo, Martínez Álvarez, J.A. et al.1 explican que esta ley dispuso cuatro niveles educativos; la educación preescolar, la educación general básica (LGB), el bachillerato unificado y polivalente (BUP) y la educación universitaria.

Además, la formación profesional (FP), aunque no era considerada como un nivel de educación propiamente dicho, presentaba una consideración muy importante. Esta última y el BUP eran entendidos como una parte fundamental de las denominadas enseñanzas medias. De esta forma, según Martínez Álvarez, J.A. et al.1 , el período de Transición finaliza con la aprobación de los Pactos de la Moncloa y de la Constitución Española de 1978. Estos suponen un punto de inflexión en la orientación de la política educativa de nuestro país.

La ley en la historia

Así, los partidos de derecha defendían la libertad de enseñanza, en referencia al derecho a una educación religiosa y a la creación de centros. Además de la ayuda por parte de los poderes públicos para los centros que la solicitaran, con el objetivo de impartir una educación obligatoria gratuita. Por su parte, los partidos de izquierda respaldaban una educación pública, laica y que garantizara la igualdad.

Asimismo, Martínez Álvarez, J.A. et al. también explican que los principios constitucionales implican el establecimiento de un sistema mixto de educación, hecho que define los límites del futuro Sistema Educativo. Además, dichos principios constitucionales se encuentran delimitados con una gran ambigüedad y laxitud, hecho que posibilita a los diferentes partidos gobernantes imprimir su sello en la política educativa.

La regulación en el aprendizaje

Además de ello, existía un completo desacuerdo con la política que se habían realizado hasta el momento en materia educativa. Es así como a partir de aquí se han promulgado una gran cantidad de leyes reguladoras de la enseñanza, las cuales se explicarán a continuación según lo que expone Martínez Álvarez, J.A. et al.:

Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación (LODE).

Esta ley se aprueba en las cortes en el año 1983 y se promulga en el 1986 y mediante ella se da el primer paso y el marco legal hacia el desarrollo del Sistema Educativo actual. Así, esta ley se aplicaba en todo el Estado Español y con ella se regulaba la enseñanza de los niveles no universitarios. Además, esta ley reconocía las competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas y otorgaba a ambos el deber de garantizar la cobertura de las necesidades educativas, de proporcionar una oferta educativa apropiada de los puestos escolares gratuitos y de asegurar la posibilidad de elegir dentro de ellos. También exponía la necesidad de promover la igualdad de oportunidades y el derecho a la educación de todas las personas.

Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE).

Esta ley trataba de reformar el Sistema Educativo con el objetivo de adaptarlo a los cambios que estaban teniendo lugar en el ámbito socioeconómico, intentando solucionar los defectos de la LODE y de adelantarse a las futuras exigencias que tendrían lugar en materia académica.

Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los Centros Docentes (LOPEG).

En esta ley se trataba de profundizar en la concepción participativa que presentaban las leyes anteriores, completando el funcionamiento y la organización de los diferentes órganos de gobierno en los centros públicos y concertados con el objetivo de que se ajustaran a lo que se planteaba en la LOPEG y consolidando con ello la autonomía de los centros educativos y la participación por parte de toda la comunidad educativa.

Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (LOCE).

Esta ley presentaba como objetivo primordial lograr una educación de calidad para todas las personas que pudiera adaptarse a los cambios tecnológicos y a la mayor complejidad y dinamismo que presentaba la realidad social del siglo XXI.

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).

Esta ley regula la estructura y organización del Sistema Educativo en los niveles no universitarios. Así, en ella se repiten los principios y los derechos reconocidos por la Constitución española promulgando una ley nueva con la que se trata de que exista una calidad e igualdad de educación para todas las personas. Además, en ella se hace hincapié acerca del carácter inclusivo que debe tener la educación, en el trato de igualdad y en la no discriminación de las personas bajo ninguna situación.

También se trata de reforzar el carácter de servicio público que presenta la educación escolar, la cual debe ser asequible para todos los individuos. Asimismo, esta ley expone los elementos acerca del funcionamiento y la organización de los centros, presentando un planteamiento participativo e impulsando las competencias y la autonomía organizativa de los centros escolares.

También regula las competencias de los Consejos Escolares y del Claustro de profesores. Es necesario destacar que, a pesar de que existe una ley de educación posterior, la LOE es la que regula la etapa de Educación Infantil, puesto que esta no se ve modificada por parte de la siguiente ley educativa.

El educador especialista

Dentro de los diferentes aspectos que puede brindar un educador en su rol, siempre existirá la posibilidad de mejor continua. Esto le permite al mismo adoptar diferentes técnicas que pueden hacer de su labor mucho más sencilla y efectiva. Sin embargo, para adoptar este papel, el profesional deberá capacitarse adecuadamente de forma académica, adquiriendo nuevos conocimientos y habilidades.

TECH Universidad Tecnológica lleva un largo trayecto educando a los mejores profesionales del mundo. En su Facultad de Educación destacan programas como el Máster en la Formación del Profesor de Biología y Geología en Educación Secundaria y el Máster en enseñanza del latín y cultura clásica. Sin embargo, para aquellos profesionales que busquen dominar el proceso de mejora en su labor diaria, no cabe duda que su mejor opción es el Máster en Mejora de la Práctica Docente en Educación Infantil.

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *