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Dentro de los innumerables servicios que requerimos para subsistir de manera cómoda se encuentra la energía. Por esta razón siendo este un servicio básico, debe buscarse que el mismo llegue a tantos rincones en el planeta como sea posible. Sin embargo, el hecho de que sea una necesidad no significa que sea gratuita; logística, estructuración, construcción, diseño, entre muchas otras actividades que hacen posible que sea suplida esta necesidad tienen un valor monetario. La comercialización de la energía comprende todo este proceso justificando así los costos que debe pagar el consumidor final.
El mercado minorista
La actividad de comercialización
El acto de entregar la energía a clientes finales a cambio de una contraprestación económica es denominado como suministro de energía. Esta actividad comercial la ejercen las empresas comercializadoras en régimen de libre competencia. El suministro de energía se produce por la electricidad. Misma que estas empresas adquieren en el mercado de generación. Esta es distribuida a los clientes finales que la utilizan para su propio consumo.
El principal valor añadido de esta actividad es la adquisición de la energía para proceder a su comercialización. Se realiza una previsión de gasto o consumo del segmento de clientes (o simplemente clientes) por parte de la empresa suministradora, la cual negocia la adquisición de la electricidad a través de los distintos modos de contratación disponibles, bien en el mercado diario, en el mercado a plazo o mediante una contratación bilateral.
Las empresas comercializadoras son sociedades mercantiles a las que se permite el acceso a las redes de transmisión y/o distribución, consiguen la energía para su posterior venta a los consumidores finales, a otros agentes del sistema o para realizar simplemente operaciones de intercambio internacional.
Las empresas comercializadoras
Para poder ejercer como comercializadora, estas empresas deben cumplir los siguientes requisitos.
- Comunicar el inicio y el cese de sus actividades como empresa comercializadora de energía eléctrica, así como baja de la misma. Para ello, estas comunicaciones deben ir anexas a la declaración responsable sobre el cumplimiento de los medios exigidos y establecidos normativa y reglamentariamente para el libre ejercicio de la actividad ante el ministerio competente en asuntos de energía.
- También deben cumplir con las exigencias de capacidad técnica, legal y económica que estén establecidas para todo lo relacionado con el suministro de electricidad.
- Asegurar la prestación de garantías que el marco jurídico y legislativo establezcan.
Entre las obligaciones de las empresas comercializadoras están:
- Conseguir la energía necesaria para el correcto y normal desarrollo de sus actividades, realizando el correspondiente pago de sus adquisiciones.
- La contratación y abono de las tasas de acceso a las redes de distribución y transporte a la empresa encargada de la distribución de la energía eléctrica, tomando como base los datos de facturación, independiente de la facturación y cobro al consumidor final.
- Abonar los cargos e importes a la empresa de distribución conforme esté establecido por la legislación que se le aplique en cada momento determinado, todo ello con independencia del cobro al cliente final.
- La forma de contratación del suministro con los consumidores/clientes finales, acorde a la normativa vigente en el momento de la firma del acuerdo donde se estipulan las condiciones del contrato.
- La duración y el resto de las condiciones del contrato deberán ser fijados legislativamente.
Principales procesos comerciales
Como se indicó anteriormente, las empresas comercializadoras realizan otras funciones distintas de las de la adquisición propiamente dicha de la energía:
- Oferta. La elaboración de las ofertas para los clientes será realizada por las empresas comercializadoras. Deberán hacerlas llegar a los clientes por medio de su organización de canales de atención y venta. Hasta que no se acepta la oferta por parte del cliente, no se puede pasar a la correspondiente contratación del suministro eléctrico.
- Facturación: las condiciones previamente pactadas entre el consumidor final y la empresa comercializadora servirán de base para efectuar la correspondiente facturación. Esta se efectuará con la lectura de los equipos de medida instalados por la empresa distribuidora por tiempos mensuales o bimestrales. La responsabilidad de la lectura, conforme a la aplicación de la legislación actual, es de la empresa distribuidora.
Si el contrato de suministro ha sido realizado entre la comercializadora y los clientes por el modelo de mercado libre, este estará ligado a lo acordado libremente entre ambas partes. Para la cual, la lectura y su correspondiente facturación deben estar reflejadas en las condiciones del contrato.
Atención post-venta
Los consumidores tienen derecho al servicio de atención al cliente, para lo cual las empresas comercializadoras establecerán los canales adecuados y deberán efectuarse respetando las exigencias mínimas de calidad estipuladas en la reglamentación de la defensa de los consumidores y usuarios. El modo de avisar a los clientes será de forma totalmente compresible y transparente. Los clientes tienen el derecho de rescindir el contrato sin coste alguno, una vez hayan recibido el aviso.
Formas de suministro
Los países que disfrutan de un sector eléctrico liberalizado disponen de tres formas distintas por las que se puede efectuar el suministro eléctrico a los clientes por parte de las empresas comercializadoras.
- Suministro de referencia.
- Precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC). Es un precio calculado por el operador del sistema que se obtiene teniendo en cuenta el precio horario de los mercados diario e intradiario. Esto mientras dure el período al que corresponda la facturación, y mediante la aplicación de una figura de un consumidor promedio.
- Precio fijo anual en mercado regulado, ofrecido por la comercializadora de referencia.
- Contratación en el mercado liberalizado, que es una contratación libre a través de una comercializadora.
- Suministro del último recurso, suministro que aplica a los siguientes consumidores.
- Consumidores vulnerables: consumidores que no reúnen las exigencias para la aplicación del PVPC y que, de manera provisional, no dispongan de un contrato de suministro en vigor con una comercializadora que pertenezca y actúe en el mercado libre.
El mercado mayorista
En este tipo de mercado existen barreras de entrada que motivan que aparezca un mercado no contestable (esto es, no atacable). Su signo más característico es que no tiene fundamento la amenaza de nuevos entrantes potenciales, ya que es creíble. Esto provoca que se minimicen los incentivos de los agentes establecidos con anterioridad para fomentar un comportamiento competitivo.
- La entrada de nuevos competidores al mercado se cierra a causa de estas barreras.
- Para los agentes ya establecidos, la entrada potencial de nuevos competidores es un factor que motiva los posibles comportamientos anticompetitivos; en concreto, una posición de precios insostenibles y excesivos si no existiesen estas barreras de entradas. Como es lógico, los precios elevados provocarían la tentación de atraer al mercado a nuevos competidores. Esto acarrearía un incremento en la competencia a medio plazo dentro del propio mercado, lo que llevaría anexo un nivel competitivo para los precios simplemente con que la expectativa de que la entrada se hiciera realidad.
- Analizándolo desde la perspectiva de la inexistencia de barreras de entrada, estás dentro de la perspectiva competitiva del mercado desempeñan un papel fundamental, es incluso más importante que la misma estructura del mercado: cantidad de competidores, valores de concentración y el relativo tamaño de los mismos. Si hubiera un mercado sin barreras de entrada con una estructura concentrada y, por tanto, pocos y grandes competidores, se podría afirmar que puede ser perfectamente competitivo.
La energía en la sociedad
Nuestra sociedad requiere de diversos servicios que nos permiten ejecutar y llevar unas vidas cómodas y tranquilas. Por esta razón el Estado y nuestros dirigentes deben acudir a buscar que estos servicios básicos lleguen a la mayor parte de población. El mismo se debe asegurar tanto como sea posible, esto muchas veces en apoyo con entidades privadas. Las mismas deben contar con un cuerpo de profesionales apto para desarrollar su labor, como lo es en el ámbito eléctrico.
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