La inconstancia en la evolución de la clasificación de los fenómenos destructores del cadáver, condicionada por múltiples factores, hace que, a priori, nunca deba descartarse la posibilidad de obtener resultados que auxilien a la Administración de Justicia, con independencia del estado en que se encuentre el cuerpo en estudio.
Existen numerosos autores que han estudiado dichos fenómenos, desarrollando distintas clasificación de fenómenos cadavéricos.
Algunos de los fenómenos cadavéricos aparecerán en circunstancias especiales, no necesariamente se establecerán en el cuerpo, tienen esta siguiente clasificación:
Fenómenos naturales
La evolución de estos depende de diferentes factores:
- Características Individuales: Se determinará la edad, la superficie corporal, condicionada por la talla y el peso, y el sexo entre otros.
- Circunstancias de la Muerte: Las circunstancias de esta van a condicionar la rapidez e intensidad de algunos de los fenómenos.
- Ambiente en el que se producen: Lugar, temperatura, humedad, estación del año, momento del día, etc.
Estos tres factores no son independientes, si no que actúan y se influyen mutuamente. Son determinantes para muchos de los fenómenos.
Livideces
Son cambios en la percepción del color en la superficie del cadáver.
El fin definitivo del retorno venoso, la propulsión arterial y la circulación sanguínea, hace que la masa sanguínea quede sometida a la fuerza de la gravedad terrestre. Aquí se produce una intensa repleción capilar que se ve a través de la piel.
Las livideces se forman en las partes del cadáver más cercanas al suelo. En ciertas áreas de ellas se forman una coloración con una tonalidad azul-purpura.
Con las livideces se permite obtener más datos de interés médico forense; como la posición del cadáver en el momento de la muerte, intervalo post mortal y causa de la muerte, entre otros.
Hipóstasis
Depende del mismo mecanismo descrito para el de las livideces; en este cambio la percepción del color se produce en las vísceras.
Deshidratación
Está se va a manifestar por un fenómeno general y otros locales.
El fenómeno general consiste en la perdida de peso del cadáver. Los fenómenos locales asentarán en partes del cuerpo en el que la deshidratación este facilitada por las características en las que se ha producido la muerte.
Se observarán por ello fenómenos:
- Oculares.
- Mucosos.
- Cutáneos.
Rigidez
Esta es quizás, la ultima manifestación de la vida que se acaba en el cadáver.
Tras un estado de flacidez muscular post mortal, este fenómeno aparece en todos los músculos, que, en vida, han tenido la capacidad de contraerse, voluntaria o involuntariamente: en circunstancias concretas, en vez de desarrollarse las fases de rigidez, tras la relajación inicial, se crea de forma inmediata una contracción muscular; que es el espasmo cadavérico, que puede ser generalizado o en concreto en alguna zona por algún grupo muscular.
Enfriamiento
No debería hablarse en sentido estricto de enfriamiento cadavérico, si no de poiquilotermia cadavérica.
Esta se define; como la incapacidad de regulación de la temperatura del cuerpo, por lo que esta varia de acuerdo con la temperatura ambiental.
Con temperaturas ambientales inferiores a los 37ºC se producirá un enfriamiento cadavérico. Si por el contrario la temperatura es mayor a la indicada, se producirá un calentamiento cadavérico.
El enfriamiento tiene un interés primordial desde el punto de vista médico forense para establecer la muerte.
Autolisis
Este es un proceso de destrucción celular de una gran importancia para la demolición del organismo.
Es el fin de las funciones celulares que se da con la muerte y en las alteraciones de sus estructuras compartimentales. Aquí los peroxisomas y los lisosomas tienen un papel importante, puesto que son los que van a digerir todos los componentes celulares.
El proceso de autolisis será más o menos intenso y rápido dependiendo de las características celulares de cada tejido.
Putrefacción
Es cuando los componentes orgánicos e inorgánicos del cuerpo se reintegran al ciclo de la vida.
Para esto es necesaria la participación de otros organismos vivos que también están en el ciclo de la vida, aunque en una fase distinta a la del cuerpo que en putrefacción les sirve de alimento.
Ejemplo; Insectos, aves, bacterias, hongos, etc.
Data y causa de la muerte son las principales aplicaciones médico-forenses en el estudio de un cadáver en putrefacción.
Conservación
La conservación cadavérica es un punto en el que no se da en todos los cadáveres. Para que aparezca se deben dar unas condiciones especiales cadavéricas y ambientales que retrasen o detengan la putrefacción.
Los fenómenos de conservación más frecuentes son:
- La saponificación: Requiere circunstancias ambientales de humedad y falta de aireación entre otras.
- La momificación: Requiere condiciones ambientales de aireación, sequedad y temperaturas elevadas junto a otras circunstancias del cuerpo que se estudiarán en el capítulo correspondiente.
Fenómenos artificiales
A diferencia de los fenómenos naturales, estos van a depender exclusivamente de la voluntad de personas relacionadas con la persona que ha fallecido.
Conservación
Tipos de conservación cadavérica; la congelación, la refrigeración, la conservación temporal y el embalsamamiento, que impiden o retrasan la putrefacción.
El embalsamamiento y la conservación natural se practican en España atendiendo a una normativa especifica de cada comunidad Autónoma, aunque siguiendo lo que indica el Decreto 2263/1974 de 20 de Julio por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.
Como ejemplo, lo que señala el reglamento de la Comunidad de Andalucía;
ARTICULO 8: Embalsamamiento
El embalsamamiento tiene por finalidad impedir la aparición de la putrefacción. El embalsamamiento será obligatorio:
- Cuando no pueda ser inhumado o incinerado antes de las 72 horas del fallecimiento.
- Cuando vaya a ser expuesto al público en un plazo mayor a 72 horas y hasta un máximo de 96 horas después del fallecimiento.
- Cuando haya de ser inhumado en cripta o lugares no comunes de carácter religioso o civil autorizados en el art. 42 de este reglamento.
- Cuando la normativa del medio de transporte empleado así lo exija.
El embalsamamiento podrá realizarse también por petición testamentaria o por petición de la familia del difunto.
ARTICULO 9. Conservación temporal
Tiene como finalidad retrasar el proceso de putrefacción. Se hará mediante la impregnación de la superficie corporal con sustancias químicas autorizadas. Estas practicas serán supervisadas debidamente por un médico acreditado.
La conservación temporal será obligatoria:
- Cuando el cadáver vaya a ser expuesto en lugares públicos hasta un máximo de 72 horas desde su fallecimiento.
- En los que, por razones sanitarias, lo determine expresamente el delegado Provincial de la Consejería de Salud.
- Cuando la inhumación o la cremación vaya a realizarse después de 48 horas y antes de las 72 horas de producirse el fallecimiento.
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